Derechos de suscripción preferente

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Al hilo de la ampliación de capital del Banco Popular, a muchos os habrá surgido la duda sobre los derechos de suscripción preferente ¿qué son? ¿para qué sirven? ¿qué puedo hacer con ellos? En este artículo os mostraremos algunas aclaraciones acerca de los mismos.

Bolsa Madrid

Estando de plena actualidad el tema de las ampliaciones de capital de las empresas, dado que hoy ha comenzado el periodo de suscripción de la ampliación de capital del Banco Popular, a muchos os habrá surgido la curiosidad sobre la figura de los derechos de suscripción preferente.

Los derechos de suscripción preferente surgen cuando una sociedad realiza una ampliación de capital, pues en esta sus accionistas disfrutan de este derecho, salvo que la junta general de accionistas acuerde excluirlo. El fin de estos derechos de suscripción preferente es permitirle al accionista actual, mantener su participación porcentual en el capital social de la empresa, evitando que se produzca lo denominado efecto dilución

Estos derechos de suscripción, si la sociedad cotiza en bolsa, también cotizarán en bolsa. Como el valor de los derechos, está incluido en el de las acciones, en el momento que comienza la negociación por separado el precio de cotización de las acciones se reduce automáticamente. Como ha ocurrido hoy con las acciones del Banco Popular, pues la acción ha abierto hoy el mercado a 0,54€, siendo el importe del derecho de suscripción de 0,50 €.

A cada accionista la corresponden tantos derechos como acciones posea, y según el tipo de la ampliación de capital, se exigirán un número determinado de derechos. En el caso de Banco Popular, por cada derecho, el cual cerró su cotización hoy en 0,468 €, podremos comprar 3 nuevas acciones al precio de 0,401 € en la ampliación de capital.

Como accionista de la empresa tenemos varias alternativas: – Acudir a la ampliación de capital, ejerciendo nuestros derechos, y mantener nuestro porcentaje de participación en la empresa. – Vender los derechos que tenemos en la bolsa, si la empresa es cotizada. – Acudir parcialmente a la ampliación y vender los derechos restantes.

Es importante no olvidarse que los derechos tienen un periodo de negociación limitado, por lo que debemos estar atentos, pues al finalizar este plazo pierden su valor.

¿Cómo se valora un derecho de suscripción?

La valoración de los derechos de suscripción se realiza siguiendo la siguiente fórmula:

A: Número de acciones antiguas. C: Valor de la acción antigua al inicio de la ampliación (cotización ex-ante). C’: Valor teórico de la acción tras la ampliación N: Número de acciones nuevas. E: Precio de emisión de las acciones nuevas. Vtd: Valor del derecho de suscripción (valor teórico del derecho)

   C’=   [A x C + N x E] /[ A+ N]                            Vtd = C – C’

Espero que os haya resultado interesante, cualquier aclaración, estamos a vuestra disposición.

Archivado en Acciones, Ampliación Capital, Banca, Capital, CNMV, Derechos Suscripción Preferente, España, Ibex 35, Inversiones, Rescate Banca, Rincón del Inversor
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