Los pagos a cuenta en el IRPF

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Sin título-1 Ya son varios los clientes que me llegan a mi asesoría con la duda de si existe o no la obligación de realizar pagos fraccionados.

Con el objetivo de aclarar esta duda vamos a detallar detenidamente en qué consisten estos pagos fraccionados y quien tiene la obligación de presentar e ingresar los mismos.

¿Qué es el pago fraccionado?

El pago fraccionado lo podemos decir como aquella obligación que tiene el contribuyente de adelantar una parte del tributo antes del devengo del impuesto, es decir, supone un adelanto o pago a cuenta de un impuesto que aún no ha sido devengado.

Normalmente los contribuyentes que realizan actividades económicas tienen la obligación de cumplir con la obligación anteriormente descrita.

El método de determinación de los rendimientos de las actividades económicas determinará la forma en que cada contribuyente deberá liquidar e ingresar el pago fraccionado o pago a cuenta del impuesto de la renta personas físicas. No es lo mismo que el contribuyente determine sus rendimientos mediante estimación directa o mediante estimación objetiva.

Si realizo actividades económicas, ¿tengo obligación de realizar pagos fraccionados?

Tendrán la obligación de realizar pagos fraccionados e ingresar los mismos mediante el modelo 130 o 131 todos aquellos contribuyentes que realicen actividades económicas.No obstante, aquellos que determinando sus rendimientos mediante estimación directa y tengan en más de un 70% sus ingresos sujetos a retención no tendrán tal obligación.

¿Qué es la retención y quién tiene obligación de retener?

La retención es aquella cantidad que los destinatarios de los servicios realizados por los profesionales, es decir los clientes, no satisfacen directamente a aquellos que realizan el servicio, siendo de esta forma una parte de los ingresos a cobrar por los profesionales retenidos y posteriormente ingresados a hacienda a cuenta del prestador en hacienda disminuyendo de esta forma la carga impositiva del mismo en el momento del devengo del impuesto.

Por lo tanto en la retención actúan dos sujetos:

  1. El que factura que verá disminuida su cantidad en el importe de la retención. Obligado a soportar la retención

  2. El que debe pagar por el servicio prestado por el profesional, el cual tiene la obligación de retenerle una cantidad de lo que le debería pagar. Este sujeto tiene la condición de retenedor a efectos tributarios. Por lo tanto la cantidad retenida, que tendrá la consideración de ingreso a cuenta del tributo restara la cantidad a pagar por el sujeto indicado en el punto 1 en el momento que se devengue el impuesto.

¿Quién nos debe retener?

Cuando el profesional hace factura debe tener en cuenta quéen nos debe retener, tendrá tal obligación de retener a los profesionales los autónomos y las personas jurídicas, nunca podrá retener una sociedad radicada en el extranjero sin establecimiento en España ni una persona física pues no tienen obligación de presentar el modelo 111.

Ahora ya sabes que, salvo que el 70% de tus ingresos estén sujetos a retención, tienes la obligación de realizar pagos fraccionados.

Archivado en pagos a cuenta, Profesionales, Renta
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Comentarios (13)

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  • David dice:

    Una pregunta, si tengo dos actividades económicas ambas en directa simplificada. Ese 70% debo calcularlo para cada actividad independientemente o de manera conjunta. Gracias.

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