Cómo facturar sin ser autónomo ni pagar la Seguridad Social del colectivo

COMPARTIR 0 TWITTEAR

cooperativas trabajo

Seguramente en más de una ocasión alguno de nuestros lectores se haya preguntado cómo podría atender un trabajo o proyecto puntual que le han planteado sin la necesidad de hacerse autónomo por ese período, ya que la cuota de la Seguridad Social del colectivo es realmente alta si no se prevén unos ingresos mensuales importantes. Y si en Capitalibre ya te habíamos hablado de los pasos que debes dar para poder hacer una factura sin ser autónomo y estar legal, hoy queremos contarte cómo podrías hacerlo cotizando en el Régimen General.

Sociedades Cooperativas

En realidad, si tú actúas por tu propia cuenta ante un cliente, la ley te obligaría a darte de alta en Hacienda como profesional o autónomo empresarial y luego tendrías que proceder con el alta en la Seguridad Social. Esto implica que no hay manera de cotizar por el Régimen General. A no ser que acudas a una de las llamadas Sociedades Cooperativas. En España se han ido expandiendo en virtud de la gran cantidad de profesionales que sí quieren facturar, pero que actualmente por los costes que le supone hacerlo legalmente, trabajan en muchos casos en B.

Pero ¿cómo funciona todo esto? ¿es legal? Pues bien, una sociedad cooperativa se supone que es una unión de personas que persiguen ayudarse entre sí para lograr sus propios objetivos. En el momento en el que pasas a ser socio de una de estas cooperativas pagar una cuota por pertenecer a esa empresa. Y a partir de ahí, la cooperativa aplica una comisión por facturación en concepto de sus propios gastos. Después, tu les entregas los datos de tu cliente, ellos le facturan a éste, y a ti te pagan tu factura menos la cuota, la comisión y las retenciones que hayan sido necesarias por IRPF y por Seguridad Social. Aunque con importes grandes puede que no compense, a pequeña escala puede ser una manera muy rentable. ¿Lo habías pensado antes?

Archivado en Autónomos, Facturas, Sociedad cooperativa
COMPARTIR 0 TWITTEAR

Comentarios (20)

Usa tu cuenta de Facebook para dejar tu opinión.

Otras webs de Difoosion