Renta 2015: ¿Qué es la base liquidable?

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Hablábamos anteriormente en Capitalibre acerca de los distintos conceptos de renta que nos resultan útiles a la hora de hacer la declaración de la renta, tratamos el concepto de base imponible y hoy, queremos rematar este apartado de conceptos básicos para la renta, con la aclaración de los términos referentes a base liquidable.

La base liquidable es la cantidad que resulta de efectuar en la base imponible las reducciones o deducciones que han sido previstas legalmente para el correspondiente tributo, sobre la cual se aplica el tipo de gravamen para calcular la cuota tributaria. Las reducciones o deducciones que se efectúan son las siguientes:

  • Pensiones compensatorias que estén a favor del cónyuge satisfechas por decisión judicial.

  • Anualidades por alimentos dadas por decisión judicial, salvo las fijadas en favor de los hijos.

  • Aportaciones a planes de pensiones que se realicen por los partícipes o por los promotores y que sean imputadas en concepto de rendimientos del trabajo.

  • Cantidades que sean abonadas a mutualidades de Previsión Social por profesionales o empresarios individuales integrados en alguno de los regímenes de la Seguridad Social, siempre que sean cumplidos ciertos requisitos y no se computen como gasto deducible para hallar el rendimiento neto de la actividad.

  • Cantidades abonadas a Mutualidades de Previsión Social por trabajadores por cuenta ajena o socios trabajadores, incluidas también las contribuciones imputadas del promotor como rendimientos del trabajo, incluyendo el desempleo para los socios trabajadores.

Todas estas serían las reducciones sobre la base liquidable general; la base liquidable especial se forma a partir de la parte general de la base imponible, la cual se forma por los rendimientos del trabajo, los rendimientos del capital, las imputaciones de rentas y las pérdidas y ganancias patrimoniales habidas en el período impositivo. Una vez se realiza este cálculo, se aplica el tipo impositivo efectivo del IRPF, obteniendo de esta manera la cuota íntegra.

Finalmente, para que nos quede más claro, cabe destacar que la base liquidable no será tampoco la cuantía que pagará el sujeto pasivo, pero al aplicarse una serie de deducciones y bonificaciones que dan lugar a la cuota líquida y aplicando las retenciones correspondientes (lo que ya se ha pagado a Hacienda durante el año) sí podremos obtener el resultado final de nuestra declaración de la renta.

Archivado en Base de cotización, Concepto, Deducciones, Liquidación, Renta 2015, Tributación
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