Módulos

¿Hasta cuando se puede renunciar al sistema simplificado de IRPF e IVA?

Dinero

Las personas que calculan el rendimiento de su actividad económica mediante el sistema popularmente conocido como módulos (sistema simplificado de IRPF e IVA), podrán renunciar al mismo para el ejercicio siguiente, con carácter general hasta el 31 de diciembre del año anterior a aquel en que debe surtir efectos. No obstante si no se renuncia en dicho plazo, bien porque no se dispone de datos suficientes, porque no se ha... Continuar leyendo...

Otras webs de Difoosion