En artículos anteriores hemos visto cómo la morosidad era el gran cáncer para la subsistencia de Pymes y autónomos. En efecto la morosidad no es un tema colateral sino que se ha convertido en un problema trascendental y social. Según señalan los analistas, desde que comenzó la crisis, de las 500.000 Pymes y autónomos que han desaparecido, más de un tercio ha sido debido a la morosidad.
Pero íntimamente ligada con ella, nos encontramos con otro problema que está materialmente ahogando a las microempresas como es el sistema tributario actual en el devengo del IVA. En efecto, además de tener que soportar desde el 1 de septiembre el aumento de dicho impuesto pasando del 18% al 21% que ha hecho que, además de reducir su posible margen de beneficio, hayan estado pagando más por los servicios a sus proveedores, todavía se mantiene el sistema tributario basado en el criterio de devengo, o lo que es lo mismo, los empresarios tienen que liquidar trimestralmente el IVA de sus facturas, independientemente de que estas hayan sido cobradas o no. Lo que conlleva tres consecuencias importantes:
– El empresario queda penalizado cuando tiene un cliente moroso que no le paga y, además, el moroso recibe un “”premio”” del 21% del importe de la factura que no ha pagado con la deducción del IVA soportado.
– En la práctica empresarial la empresas de reducida dimensión no tienen la posibilidad de compensar el impuesto ya que el plazo que tienen para hacer la reclamación judicial o notarial es de seis meses desde la fecha de la factura impagada y, por tanto, a la mayoría se les pasa el plazo y pierden la oportunidad de recuperar el IVA.
– En muchos casos, las empresas tienen que tirar del crédito bancario para liquidar el trimestre de IVA porque sus clientes no han pagado sus facturas.
Y si bien la supresión de este criterio, llamado comunmente “adelanto de IVA”, fue una de las grandes promesas del Gobierno en su programa electoral, todavía no se ha abordado alegando el Ministerio de Hacienda dificultades técnicas.
Podemos asegurar que el tema no es baladí, hay que tener en cuenta que, según analistas y fuentes oficiales, cada año Pymes y autónomos anticipan ochocientos millones de euros en concepto de IVA no cobrado realmente. A eso hay que añadir como las propias Administraciones Públicas deben actualmente, según datos aportados por la ATA, cinco mil quinientos millones de Euros correspondientes a varios ejercicios a Pymes y autónomos por facturas impagadas y que en la mayoría de los casos también devengan IVA.
Es decir, muchas empresas españolas no sólo están pagando por trabajar, sino que además financian gratis al Estado, y en unas cantidades realmente considerables.
Ante la ausencia de soluciones han sido las organizaciones privadas quien han tomado cartas en el asunto. De este modo, la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM) se ha reunido ésta semana con el Secretario de Estado de Administraciones Públicas, Antonio Beteta, y su equipo. Reunión que, como ya señalamos en artículos anteriores, estaba programada desde hace unos meses.
Entre sus peticiones, además de las fundamentales como la aplicación extricta de la ley de morosidad de 2010, la transposición, en el menor plazo posible, de las directivas europeas sobre la materia o establecer un régimen sancionador que normalice los pagos entre empresas con multas ejemplarizantes de hasta 900.000 Euros en caso de incumplimiento de la ley, la Plataforma ha trasladado al Gobierno, la que puede ser una solución factible y rápida al problema: sustituir el criterio de devengo actual por el criterio de caja recurriendo a soluciones ya utilizadas por la Agencia Tributaria (como aplicar el principio de inversión del sujeto pasivo tal y como ha tenido lugar recientemente con la Ley 7/2012 de lucha contra el fraude) y así permitir eludir los problemas técnicos que retrasan la implantación.
Pero cabe preguntarse ¿cuales serían los principios y las consecuencias de esta propuesta?
Brevemente y como más importantes podemos señalar las siguientes:
– Sustituir el criterio de devengo por el de caja, como hemos dicho anteriormente, con el objetivo de “Salvaguardar los intereses del colectivo frente a la rampante morosidad” y permitir, de este modo, eludir los problemas técnicos que retrasan la implantación.
– Aplicar el principio de inversión del sujeto pasivo (tal como hizo la Administración Tributaria en la ya mencionada Ley 7/2012 en su artículo 84, uno, 2º F). ¿Que quiere decir esto? simplemente que el deudor moroso destinatario de la operación pasará a ser el obligado tributario para la liquidación del IVA de las facturas que ha impagado en lugar del emisor de las mismas. De este modo, la Agencia Estatal Tributaria podría reclamar directamente el pago del impuesto al destinatario de la operación.
– Contribuiría a a la reducción de los plazos de pago y del número de impagados dado que como señala Antoni Cañete, nuevo presidente de la PMcM, ” el cliente preferirá adelantar el pago a tener que devolver a la Agencia Tributaria un IVA incorrectamente desgravado, incrementado además con los intereses de demora”.
– Igualmente, la aplicación de estos principios Hacienda podría detectar fácilmente las empresas morosas, dado que permitiría a la Agencia Tributaria conocer aquellos contribuyentes que se han desgravado de un IVA que no han pagado.
Es evidente que todas estas propuestas sacarían a nuestra empresas y autónomos de la grave situación actual dotándolas de mayor liquidez. Pero, como siempre, flotan varias interrogantes en la materia.
¿Estará dispuesto el Estado, en la situación actual, a perder unos ingresos superiores a los ochocientos millones de Euros? ¿Que es más importante, la recaudación de dicho importe o el saneamiento del 99% del tejido empresarial español?
Vosotros teneis la última palabra