Dentro de nuestra búsqueda semanal de vías de ayuda a las Pymes y autónomos en materia de financiación alternativa, hoy queremos abordar una figura como es el Factoring que, para la Pequeña y Mediana Empresa, puede suponer un potente aliado a la hora de encontrar financiación. Para ello, vamos a desglosar sus apartados.
Qué es el Factoring
El Factoring es la cesión de un crédito comercial derivado de la venta de bienes, prestación de servicios o realización obras, a favor de una compañía de Factoring -comúnmente denominada “Factor”- que pasa a ser la propietaria del crédito y, por lo tanto, titular de los derechos de cobro.
Es decir, el proveedor interpone a una entidad financiera ante sus clientes, por lo que ésta última podrá ejercer mucha más fuerza a la hora de conseguir el cobro de las facturas que la que podría aplicar el mismo proveedor. Es evidente que no es lo mismo que, en caso de impago, se muevan contra el deudor los abogados de cualquier pequeña empresa que la poderosa maquinaria de los grandes bancos.
Y esta figura, cuya utilización ,según los analistas, ha crecido en el último año un 25% respecto del anterior, adquiere más relevancia aún en épocas de crisis económica como la actual, ya que gracias al Factoring el proveedor consigue cobrar facturas que sin este servicio le sería tremendamente difícil cobrar.
Sus costes
El Factoring tiene un coste financiero importante, dado que las entidades financieras suelen aplicar una comisión que puede llegar al 3% del nominal de crédito cedido y un tipo de interés por el anticipo del crédito.
Pero este coste financiero se compensa con sus beneficios dado que, por una parte, elimina el riesgo del impago y los altos costes que para la empresa puede suponer éste y, por otro lado, al mejorar los ratios de endeudamiento, es más fácil poder acudir a fuentes de financiación bancaria ordinaria. De tal modo que, desde el punto de vista del coste, las ventajas compensan sobradamente.
Sus modalidades
Sus modalidades se pueden clasificar según diversos criterios – con y sin financiación, del sector público o privado, nacional o internacional, etc.- , aunque nos vamos a centrar en los dos criterios mas importantes de las mismas:
En cuanto a la asunción del riesgo comercial
– Factoring sin recurso. También llamado “con cobertura de insolvencia” que implica que el Factor – la sociedad de Factoring – asume el riesgo de la operación en su totalidad. Es decir, si el deudor no paga a su vencimiento, el Factor nunca podrá reclamar a su cliente ni siquiera en el caso del posible concurso de acreedores del deudor.
Esto implica que, una vez realizada la operación de Factoring, si ésta está bien articulada legalmente, la partida correspondiente de clientes puede darse de baja del balance de la empresa.
Hoy en día éste tipo de Factoring supone el 95% del realizado en España.
– Factoring con recurso. El Factor no asume el riesgo de las transacciones comerciales y, en caso de impago, retrocederá el anticipo efectuado sobre dicho crédito y cargará los importes de las devoluciones en la cuenta del cedente.
En este caso, el Factoring actúa de forma similar al “descuento comercial” para aquellos casos, generalmente grandes empresas, que no emiten o no aceptan efectos comerciales como medio de pago.
Respecto a la forma de cobro
– Factoring con notificación. La Sociedad de Factoring notifica al deudor informándole que, a partir de ese momento, es ella quien pasa a ser la titular del crédito. Es decir, los deudores pasan a tener la obligación de pago con el Factor.
– Factoring sin notificación. El Factor no notifica a los deudores, por lo que los cobros siguen siendo realizados por el cedente y éste deberá entregar al Factor todos los documentos de cobro recibidos – pagarés, letras de cambio, etc.-.
– Factoring de Agencia. En él, el Factor nombra al cedente agente de cobro, siendo éste último quien realiza todas las gestiones del cobro.
Su contabilización
Respecto a la normativa contable, y teniendo en cuenta cada una de sus modalidades, nos remitimos a la propia página Web de la Asociación Española de Factoring en donde contempla la misma con las distintas modalidades y sus supuestos.
Ventajas e inconvenientes
La gran ventaja del Factoring, entre todas las que posee, se basa en que posibilita la conversión de las ventas a crédito del cedente en ventas al contado ya que puede disponer, en cualquier momento, de las cantidades que haya facturado a su cliente.
Pero independientemente del derecho del cedente a optar o no por el cobro anticipado de las facturas, y del momento en que quiera realizarlo, existen otras ventajas mirando mas allá del mero anticipo, dado que sus ventajas reales se encuentran en el resto de servicios asociados.
Entre ellas podemos señalar las siguientes:
– Asegura el cobro de las ventas evitando el riesgo del impago. Ya que, se opte por el Factoring sin recursos o con recursos, es evidente que, en el primer caso, traspasas al Factor el riesgo y, en el segundo caso, te beneficias del soporte de la entidad financiera en la clasificación del crédito. Tener una información precisa sobre la solvencia de un cliente al que estamos vendiendo a crédito, es fundamental hoy en día. No basta con vender mucho, sino cobrar absolutamente todo lo que se vende.
– Gestiona el cobro de clientes. Es decir, se externalizan las labores administrativas del cobro.
– Sanea el activo circulante en la masa patrimonial de cuentas por cobrar, disminuye el PMC, mejora los ratios del balance y reduce los apuntes en CIRBE.
El único inconveniente que podríamos señalar es su coste, pero ya hemos indicado cómo las ventajas superan al mismo.
Conclusión
Es evidente que el Factoring se convierte en un gran aliado para la obtención de financiación. De hecho, entre los usuarios del mismo, un 80% son Pymes.
Buen artículo, conozco este producto de primera mano. El problema es su coste, puede comerse prácticamente todo el margen de las operaciones, dependiendo el sector. Otro segundo problema es que te lo concedan…está la cosa complicada a la hora de ser agraciados con las concesión de una línea de factoring sin recurso, en ese caso si nuestros deudores emiten papel comercial no merece la pena, pero si se niegan a hacerlo es de las pocas vías en las que podemos conseguir liquidez.