Seguimos con nuestro especial sobre la Declaración de la renta 2012 para intentar ayudarte en todo lo que podamos y que realices una declaración correcta de forma fácil y simple. Esta vez vamos a hablar de las deducciones autonómicas de Galicia.
Por circunstancias personales y familiares
- Nacimiento o adopción: 300 euros por cada hijo nacido o adoptado en el período impositivo que conviva con el contribuyente a la fecha de devengo del impuesto, si se trata de un parto múltiple la cuantía ascenderá a 360 euros.
- Familia numerosa: La deducción será de 250 euros, cuando se trate de familia numerosa de categoría general y 400 euros cuando se trate de familia numerosa de categoría especial.
- Cuidado de hijos menores: El 30% de las cantidades satisfechas en el período por los contribuyentes con un límite de 200 euros.
- Para contribuyentes de 65 años o más, discapacitados y que precisen ayuda de terceras personas: El 10% de las cantidades satisfechas a terceros en el período por los contribuyentes con un límite de 600 euros.
- Acogimiento familiar de menores: 300 euros por cada menor en régimen de acogimiento familiar simple, permanente, provisional o preadoptivo, administrativo o judicial.
Relativas a la vivienda habitual
- Alquiler de vivienda habitual para jóvenes: El 10% de las cantidades satisfechas durante el período impositivo en concepto de alquiler de la vivienda habitual. El límite máximo de la deducción es de 300 euros por contrato y año.
Otros conceptos deducibles
- Gastos destinados al uso de nuevas tecnologías en los hogares gallegos: El 30% de las cantidades satisfechas durante el ejercicio en concepto de cuota de alta y cuotas mensuales para el acceso a Internet mediante contratación de líneas de alta velocidad, con el límite máximo de 100 euros.
- Fomento del autoempleo: 300 euros por contribuyente. La deducción se aplicará en el período impositivo en que se produzca el alta en el citado censo.
- Adquisición acciones o participaciones de entidades nuevas o de reciente creación: El 20 por 100 de las cantidades invertidas durante el ejercicio en la adquisición de acciones o participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o de ampliación de capital.
- Inversión en acciones de empresas que coticen en el Mercado Alternativo Bursáti: El15% de las cantidades invertidas durante el ejercicio en la adquisición de acciones como consecuencia de acuerdos de ampliación de capital.
Estas son las deducciones para la comunidad autónoma de Galicia. Así que si eres residente habitual en Galicia no dudes en consultar si puedes beneficiarte de estas ayudas. Nosotros seguimos con nuestro especial en siguientes artículos tratando de mostrarte las deducciones de cada comunidad autónoma.
Agencia Tributaria | Manual Práctico Renta 2012