Seguimos con nuestro especial sobre la Declaración de la renta 2012 para intentar ayudarte en todo lo que podamos y que realices una declaración correcta de forma fácil y simple. Esta vez vamos a hablar de las deducciones autonómicas de Madrid.
Por circunstancias personales y familiares
- Nacimiento o adopción: 600 euros si se trata del primer hijo, 750 euros si se trata del segundo hijo y 900 euros si se trata del tercer hijo o sucesivos.
- Adopción internacional: 600 euros por cada hijo adoptado en el período impositivo, siempre que se trate de una adopción de carácter internacional.
- Acogimiento familiar de menores: 600 euros si se trata del primer menor en régimen de acogimiento familiar, 750 si se trata del segundo y 900 si se trata del tercer menor o sucesivo.
- Acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o discapacitados: 900 euros por cada persona mayor de 65 años o con discapacidad en grado igual o superior al 33%, que conviva durante más de 183 días al año con el contribuyente en régimen de acogimiento sin contraprestación.
- Familias con dos o más descendientes e ingresos reducidos: El 10% del importe resultante de minorar la cuota íntegra autonómica en el resto de deducciones autonómicas aplicables en la Comunidad de Madrid.
Relativas a la vivienda habitual
- Alquiler de vivienda habitual por jóvenes: El 20% de las cantidades satisfechas por el arrendamiento de la vivienda habitual en el período impositivo, con un máximo de 840 euros.
- Inversión vivienda habitual de nueva construcción: El 1% de las cantidades invertidas en el ejercicio por las que el contribuyente tenga derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual.
Por donativos y donaciones
- Donativos a fundaciones con fines culturales, asistenciales, sanitarios o análogos: El 15% de las cantidades donadas a fundaciones.
Otros conceptos deducibles
- Por gastos educativos: El15% de los gastos de escolaridad, el 10% de los gastos de enseñanza de idiomas y el 5% de los gastos de adquisición de vestuario de uso exclusivo escolar.
- Deducción complementaria al tramo autonómico de la deducción por inversión en vivienda habitual:
- Adquisición acciones de nuevas entidades: El20% de las cantidades invertidas durante el ejercicio en la adquisición de acciones o participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o de ampliación de capital.
- Fomento del autoempleo de jóvenes: 1.000 euros para los contribuyentes menores de 35 años que causen alta por primera vez, como persona física o como partícipe en una entidad en régimen de atribución de rentas.
- Inversiones en entidades cotizadas en el Mercado Alternativo Bursátil: El 20% de las cantidades invertidas en el ejercicio en la adquisición de acciones correspondientes a procesos de ampliación de capital o de oferta pública de valores.
Estas son las deducciones para la comunidad autónoma de Madrid. Así que si eres residente habitual en Madrid no dudes en consultar si puedes beneficiarte de estas ayudas. Nosotros seguimos con nuestro especial en siguientes artículos tratando de mostrarte las deducciones de cada comunidad autónoma.
Agencia Tributaria | Manual Práctico Renta 2012