Dentro de las medidas tomadas para el incentivo del autoempleo como solución para muchos desempleados, destaca el cambio que se ha producido en el tratamiento fiscal de la capitalización del paro. Oficialmente se conoce como cobro de la prestación de desempleo en pago único.
En la última renta presentada, la correspondiente al ejercicio 2012, únicamente se encontraba exento de tributación el cobro hasta 15.500 euros. Ahora mismo, para las operaciones de capitalización que se lleven a cabo en este ejercicio 2013, estará exenta la totalidad capitalizada, ahora bien, sujeto a una condición fundamental: el mantenimiento de la actividad como autónomo durante al menos cinco años.
También estará exenta si el contribuyente pasa a formar parte de una sociedad laboral o una cooperativa de trabajo asociado o, por último, que hubiese realizado la aportación al capital social de una sociedad mercantil. En cualquiera de estos casos, el parado sigue obligado a mantener su actividad o su aportación durante el mismo plazo de cinco años.
Aunque este decreto es de mediados de 2013, esta medida es de aplicación con carácter retroactivo a todas las actividades iniciadas desde el uno de enero de 2013.
Por otro lado, si eres menor de treinta años o mujer menor de treinta y cinco, tendrás otro tipo de beneficios relacionados con el pago único:
Podrás recibir el 100% de la prestación para destinarlo a la inversión necesaria para desarrollar la actividad, incluido el importe de las cargas tributarias para el inicio de la actividad, -el resto de solicitantes sólo podrán capitalizar de una sola vez el 60% de la prestación que les corresponde-. La pega fundamental es que se deberá mantener la actividad profesional o laboral durante un mínimo de 18 meses, de lo contrario, habrá que devolver el importe del pago único.
Además, se incrementan los destinos posibles -no sólo a bienes de inversión- pudiendo sufragar los gastos de constitución y puesta en funcionamiento de una entidad, incluyendo tasas y facturas de asesoramiento, formación e información relacionados con la actividad a desarrollar.
[…] Lucía Estrada en Capitalibre, Renta 2013: Capitalización del desempleo para montar tu negocio […]
Es necesario conocer este tipo de alternativas para lograr inversiones exitosas, además es una gran posibilidad de crear empresa rentable y duradera.
Si, es cierto, ahora bien, es importante poner todas las cartas sobre la mesa, sobre obligaciones de plazos de mantenimiento de la actividad. Más que nada, para que luego no haya sorpresas si las cosas no salen adelante como esperábamos.
Me ha impresionado tú presentación final… Qué identificado me siento. Mi estado de Whatsapp también es peculiar: “vividor de profesión, asesor fiscal contable en los ratos libres”. 😉
Muchas gracias David!!
Tengo 2 anos de paro ahora qiuero abrir una tienda. Me puedeis explicar como puedes hacker. Y. Que nasecitas dacumetos. Cuatas meses ten go que esperar Para iniciar negocio . gracias
Buenas noches Safeer, antes de nada tienes que elaborar un plan empresarial para presentar con el impreso de solicitud de capitalización de la prestación de desempleo. Una vez que te respondan ya te puedes dar de alta e iniciar el negocio.
Hola Lucia: respecto a la capitalización del paro, del que me quedan 7 meses, tengo varias dudas. Los cursos de formación y reciclaje que he realizado durante los últimos 8 meses se pueden incluir en el proyecto de inversión o, fiscalmente, me interesa informarlos después de estar de alta para deducirlos/compensarlos en las declaraciones trimestrales? Agradecida de antemano.
hola yo he capitalizado el paro en dic 2013 y ahora me toca hacer la declaración pero no se si he de poner ese dinero como ingreso integro y como puedo poner el iva pagado en las facturas de dic .Realmente solo he hecho inversión pues aun no he tenido ingresos importantes gracias
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