El Rincón del Inversor: Veto a los superdepósitos, ¿qué puedo hacer?

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La semana pasada vimos como desde el Banco de España se le ponía coto a las rentabilidades ofrecidas por los depósitos bancarios, las cuales tal y como están los tipos de interés, las consideraba excesivas. Esta misma recomendación se extenderá al resto de productos de ahorro destinados a clientes minoristas, como las cuentas corrientes, bonos y pagarés.

deposito

Tras el aviso por parte del Banco de España, de no subir por encima del 1,75% el tipo de interés de los depósitos a 12 meses, los ahorradores han visto agraviados a la hora de obtener la mejor rentabilidad de su dinero. Parece que los tiempos en los que prácticamente todos los bancos pagaban el 4% por captar depósitos se han acabado, y las principales entidades financieras del país han acatado esta recomendación de forma inmediata.

Esta medida adoptada por el Banco de España es tan solo una recomendación oral, pues no se ha redactado norma escrita alguna, pero según lo establecido en el Memorándum de Entendimiento (MoU), el cual España firmó con las autoridades europeas, con el fin del rescate bancario, esta recomendación tiene validez y debe ser respetada como si fuera una norma escrita.

¿Qué les sucederá a las entidades que no lo cumplan? El banco de España ha establecido un margen del 15% de los saldos de los depósitos, en los cuales puede incumplirse esta recomendación; aquellas entidades que lo incumplan de forma persistente podrán ser penalizadas en términos de exigencia de capital, a las cuales se les podrá exigir entre un 0,75% y un 1,25% extra en su ratio de solvencia.

Los principales beneficiados de esta medida son los bancos, los cuales verán mejorada notablemente su cuenta de resultados, la cual se había deteriorado de forma continuada en los últimos años debido a las enormes dificultades por captar liquidez y retener a una clientela insatisfecha debido a los numerosos escándalos ocurridos.

¿Qué puedo hacer como ahorrador? En el mercado todavía queda alguna entidad que está haciendo oídos sordos a esta recomendación. Una de ellas es el Banco Espírito Santo, la entidad portuguesa sigue ofreciendo tipos del 4,6% para aquellos depósitos que superen los 50.000 €. El Banco Pichincha originario de Ecuador, también ha lanzado una gama de depósitos en los que los tipos varían entre el 3,5% y el 4,1% TAE.

Una alternativa a la que nos podemos sumar, es a la de las cuentas remuneradas. Un producto de este tipo es COINC, la cuenta remunerada respaldada por Bankinter la cual todavía sigue ofreciendo el 4% TAE, con ingreso mensual de los intereses.

Como alternativas a los depósitos también debemos plantearnos la posibilidad de invertir en fondos de inversión. Las gestoras de fondos serán también unas de las grandes beneficiadas de esta recomendación impuesta desde el banco de España. Un ejemplo de fondo de inversión al que nos podríamos agarrar, sería el Renta 4 Monetario, el cual es un fondo que invierte la gran mayoría de su patrimonio de forma diversificada en depósitos de entidades financieras, y ha dado una rentabilidad más que aceptable en el último año, siendo considerado el mejor de su categoría, por la revista Inversión.

Lo más probable es que proliferen en los próximos meses los Fondos Garantizados, como producto sustitutivo a los depósitos, los cuales ofrecen una rentabilidad garantizada en una fecha marcada; fuera de esa fecha la rentabilidad será la que proporcione el mercado, sobre los activos en los que este fondo invierta.

Pese a que los fondos de inversión monetarios, en especial los “Fondepósitos”, los cuales invierten en depósitos, son las alternativas más cercanas a los depósitos no nos olvidemos de que no es lo mismo; no tienen cobertura por el Fondo de Garantía de Depósitos, ni ofrecen una rentabilidad garantizada, salvo los fondos garantizados. Como puntos positivos es importante destacar el buen tratamiento fiscal de los fondos de inversión, pues tributaremos por los beneficios en el momento que más nos convenga pudiendo diferir la tributación o incluso repartirla en dos ejercicios (retirar la mitad el 31 de diciembre y la otra mitad el 2 de enero). El diferimiento de la tributación hace que a la larga la rentabilidad mejore, pues seguimos rentando sobre los intereses completos (en el caso de que se acumulen al patrimonio del fondo), sin retención alguna, lo que favorece el efecto acumulación, gracias al tipo de interés compuesto, en otras palabras tus intereses, generan intereses.

¿Tú dónde vas a colocar tus ahorros?

Archivado en Banca, Banco de España, Bankia, BCE, Bonos del Estado, Cajas de Ahorro, Crisis, Depósitos, Escándalo Financiero, España, Fondos de Inversión, Mercados financieros, Obligaciones, Pagarés, Rincón del Inversor
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