Seguimos con nuestro especial sobre la Declaración de la renta 2012 para intentar ayudarte en todo lo que podamos y que realices una declaración correcta de forma fácil y simple. Esta vez vamos a hablar de las deducciones autonómicas de Cataluña.
Por circunstancias personales y familiares
- Nacimiento o adopción de un hijo: Cada uno de los progenitores podrá deducir la cantidad de 150 euros por el nacimiento o adopción de un hijo durante el período impositivo.
- Para contribuyentes que se queden viudos/as en 2010, 2011 ó 2012: Se ofrecerán 150 euros, con carácter general.
Relativas a la vivienda habitual
- Alquiler de la vivienda habitual: El10% de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo, con el límite máximo de 300 euros anuales. El contribuyente deberá tener menos de 32 años o haber estado en paro más de 183, entre otras condiciones.
- Rehabilitación de la vivienda habitual: 1,5% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por la rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la vivienda habitual del contribuyente
Por donativos y donaciones
- Donativos a entidades que fomentan el uso de la lengua catalana: El 15% de las cantidades donadas a favor del Institut d’Estudis Catalans y de fundaciones o asociaciones que tengan por finalidad el fomento de la lengua catalana.
- Donativos a entidades que fomentan I+D+i: El 25% de las cantidades donadas en favor de los centros de investigación adscritos a universidades catalanas.
- Donaciones beneficio medio ambiente, conservación de patrimonio natural y custodia del territorio: El 15% de las cantidades donadas a favor de fundaciones o asociaciones que figuren en el censo de entidades ambientales vinculadas a la ecología y a la protección y mejora del medio ambiente.
Otros conceptos deducibles
- Intereses por préstamos para estudios de estudios de máster y de doctorado: Los contribuyentes pueden deducir el importe de los intereses pagados en el período impositivo.
- Adquisición acciones o participaciones de entidades nuevas o de reciente creación: El 20% de las cantidades invertidas durante el ejercicio en la adquisición de acciones.
- Inversión en acciones de empresas en expansión: El 30% de las cantidades invertidas.
Estas son las deducciones para la comunidad autónoma de Cataluña. Así que si eres residente habitual en Cataluña no dudes en consultar si puedes beneficiarte de estas ayudas. Nosotros seguimos con nuestro especial en siguientes artículos tratando de mostrarte las deducciones de cada comunidad autónoma.
Agencia Tributaria | Manual Práctico Renta 2012