Cobro de los servicios web de forma legal

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El sustento económico de los blogs y otro tipo de portales web es la publicidad. Gracias a Internet, los anuncios han saltado de los soportes físicos a los virtuales. Actualmente la opción preferida de los anunciantes es publicitarse en Internet, en detrimento de la industria editorial en papel.

El servicio más conocido para colocar publicidad en páginas web es Google AdSense. Este programa ofrece el pago por cada click en un anuncio y unos ingresos mínimos de 100 dólares para poder cobrar. A partir de esa cantidad, el pago es mensual. De la misma forma ocurre en Youtube Partners.

Sorprendentemente, debemos darnos de alta en la Agencia Tributaria como particular o empresa para declarar las ganancias por servicios web, aunque fuesen ganancias mínimas. Al menos esta es la respuesta de cualquier asesor fiscal. En la práctica, esto no se hace, de la misma manera que un universitario da clases particulares o el cuidador de unos niños no se dan de alta, ni facturan con IVA. Aunque la ley diga que debemos declarar estas actividades, nadie nos va a perseguir por defraudadores.

El problema es que si nuestra web tiene éxito, los primeros céntimos ganadas se pueden convertir en mucho más dinero. Si llegamos a obtener más de 3.000 euros, es probable que si lo detectan en Hacienda tengamos un grave problema. Existe un vacío legal, y los límites dependen de nuestra tolerancia al riesgo.

En cuanto a la Seguridad Social, deberíamos darnos de alta en autónomos, y de nuevo no hay un límite claro a partir del cual tenemos que hacerlo. El criterio es que la actividad no sea tu principal fuente de ingresos, lo cual no es decir mucho. Por ejemplo, si ganamos 100 euros en un mes con AdSense, no tendríamos que darnos de alta como autónomos, pero si facturamos 3.000 euros, sin duda tendremos que hacerlo.

Las leyes españolas no nos dejan dar unos límites precisos, en otros países tienen un mínimo de facturación explícitamente exento a declarar. Así que, tened en cuenta que los datos que se ofrecen en este artículo son relativos y cada uno debe actuar bajo su criterio, una vez entendido lo que se considera legal.

Archivado en Google AdSense, IVA, Servicios Web, YouTube Partners
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