Cómo registrar una obra en el Registro de la Propiedad Intelectual y cuánto cuesta

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registro obra literaria

Puede ser una tarea que nos lleve muchos meses, pero cuando uno termina un libro u obra literaria se llena de orgullo y satisfacción. Ahora bien, una vez acabada es cuando entran las dudas sobre si conviene registrar la obra o no. ¿Cómo la protejo ante terceros? ¿A dónde tengo que dirigirme? ¿Me costará mucho dinero? La respuesta a estas preguntas las desarrollaremos durante este artículo, y es que la inscripción registral de una obra en España no solo es bastante sencilla, sino también muy barata.

Podemos inscribir una obra en el Registro de la Propiedad Intelectual de dos maneras diferentes. Una presencial acudiendo al Registro de tu ciudad y otra telamática vía Internet. Nosotros comenzaremos hablando de la de forma presencial.

Requisitos para inscribir una obra literaria

Lo primero y como es lógico, es tener nuestra obra literaria terminada. Dicho esto lo cual es bastante obvio, tendremos que tener una copia impresa de nuestra obra con las hojas numeradas, con la portada indicando el nombre el título de la obra y el nombre del autor. Dicha obra deberá estar también encuadernada. Por otro lado también necesitaremos una fotocopia del DNI del solicitante o autor de la obra. Una vez obtenidos estos documentos los cuales no suponen problema alguno, entraremos a analizar la otra documentación que la administración nos va a solicitar.

Hay que decir que toda la documentación se encuentra en la página web del Registro de la Propiedad Intelectual, pero a nosotros nos interesan en principio tan solo dos documentos. El primero es el llamado Impreso Autores 1 A-T, en el que simplemente hay que rellenarlo con los datos del solicitante y/o del autor, que en el 90% de los casos será la misma persona. El segundo es el Impreso de Obra Literaria, Científica o Dramática, en el que tendremos que introducir los datos de la obra como su título, el número de páginas o si contiene imágenes.

En resumen y de manera esquemática, necesitaremos:

– Obra impresa encuadernada y numerada donde conste en la portada el título y el nombre del autor – Fotocopia del DNI del solicitante o autor – Impreso de Autores 1 A-T – Impreso de Obra Literaria, Científica o Dramática

Abonar la tasa de inscripción

Billetes de euros

Una vez tengamos todo lo anterior en nuestro poder, tan solo habrá que acudir al Registro de la Propiedad Intelectual que tengamos más cerca. Allí también nos podrán facilitar la documentación que hemos descargado anteriormente, pero si ya la llevamos rellenada nos ahorraremos bastante tiempo. Una vez allí, comprobarán que todo está correcto y nos facilitarán dos documentos. Un papel para el abono de la tasas, el cual tendremos que llevar a un banco, y un recibo con un número provisional para certificar que hemos registrado nuestra obra.

Por último solo tendremos que acudir a nuestro banco más cercano, pagar los 13,20 euros que cuesta inscribir la obra y el mismo banco comunicará al registro que ya hemos abonado la tasa. Pasadas unas semanas recibiremos por correo el justificante definitivo de la inscripción registral de nuestra obra.

Registrar una obra telemáticamente

Como ya hemos dicho antes, también podemos realizar todos estos trámites desde la comodidad de nuestra casa gracias a nuestro ordenador. Si bien y como muchos sabréis, las web de la Administración del Estado no son un ejemplo a seguir, y puede ser que no funcionen en nuestro ordenador sin razón aparente alguna. De todas maneras, inscribir una obra por Internet es igual de sencillo que presencialmente –siempre y cuando te funcione la página web–, y tan solo necesitaremos un DNI electrónico o un certificado digital para acceder. Una vez que entremos al apartado de Solicitud Telemática de la página web tendremos que seguir los pasos correspondientes y abonar la tasa. Una vez cumplidos ya tendremos nuestra obra completamente registrada.

Archivado en Administración, Cultura, Obra literaria, Propiedad Intelectual, Registro Propiedad Intelectual, Tasas
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