Los contratos de colaboración social, luces y sombras

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Las administraciones públicas vuelven a pensar en la colaboración social como vía para cubrir necesidades de personal. Aquellos desempleados que estén percibiendo una prestación o subsidio pueden ser reclamados por las entidades públicas o las oficinas de empleo para incorporarse al trabajo, sin contrato ni cotización, durante el tiempo que les reste de ayuda económica a cambio de recibir un suplemento salarial. Relación administrativa de carácter especial, desconocida para muchos y deseada por pocos. Si estás cobrando, puede que recibas pronto la llamada.

colaboracion_socialPor toda Europa salen cada día nuevas iniciativas y propuestas para mejorar el empleo. En España, los contratos de colaboración social han vuelto a ponerse de moda con la actual crisis económica, aunque realmente está formula de crecimiento de empleo tiene más de 30 años de historia. Las administraciones públicas, especialmente los ayuntamientos, vuelven a solicitar a las oficinas de empleo profesionales con derecho a prestación para cubrir necesidades en sus distintos departamentos, lo que asegura trabajadores a la carta, con experiencia y un bajo coste, pero, ¿qué son los contratos de colaboración social?

Debemos saber que realmente no son contratos laborales, sino contratos administrativos de naturaleza especial, donde el trabajador, que seguirá siendo desempleado y agotando su prestación, no tendrá vinculación contractual alguna con la corporación local, aunque si deberá cumplir con su horario laboral como si lo fuera. Esta especial relación administrativa va más allá, pues el trabajador sin contrato laboral, no cotizará por los días trabajados ni para su jubilación, por lo que tampoco acumulará nuevos derechos de prestación. La ventaja, mantenerse activo en relación con el mercado laboral, ampliando la experiencia profesional y cobrando un complemento salarial por parte de la administración xon la que suscriba la colaboración hasta alcanzar el salario mínimo profesional o la base reguladora de su último trabajo. El objetivo final siempre es mejorar sus posibilidades de inserción.

La duración de la colaboración social dependerá del tiempo de prestación al que tenga derecho el trabajador, sea por desempleo o cualquiera de los subsidios existentes. En el caso de la prestación por desempleo, estaremos hablando de una duración máxima de dos años, mientras que en el caso del subsidio para mayores de 55 años, puede prolongarse hasta la edad de jubilación. La colaboración social suele revisarse y prorrogar cada seis meses, comunicándose el interés por continuar esta relación laboral a la oficina de empleo.

Finalizada la colaboración social, el trabajador dejará de cobrar su prestación, de acudir a su puesto de trabajo a realizar la jornada laboral y de percibir el complemento salarial. Son muchos los desempleados que reciben la llamada de una administración pública solicitando su incorporación en calidad de colaboradores sociales, con la imposibilidad de renunciar al ofrecimiento ante la amenaza de ser penalizados con la pérdida de su prestación. No obstante los contratos de colaboración social pueden suponer también una oportunidad laboral, sumando experiencia en el ámbito de las administraciones públicas, conociendo su funcionamiento, vías de acceso y posibilidades, al tiempo de percibir un suplemento económico.

Si has sido objeto de un contrato de colaboración social déjanos tu opinión sobre está relación laboral con luces y sombras.

Archivado en Ayuntamiento, Contrato, Desempleo, Laboral, Mercado Laboral, Prestación
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Comentarios (17)

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  • Chon de Chon dice:

    Soy colaborador social desde hace 12 años, en ese tiempo cumplí los 52 años y estaré en esta situación hasta jubilarme. Para mi y los que yo conozco en esta situación, tal como están las cosas e incluso de antes, es como volver a nacer, sentirte útil y además cobrar por ello. Por nuestra parte nadt que objetar a la Colaboración Social. En cuanto a las cotizaciones las efectua el Servicio de empleo, la entidad con la que colaboras te hace un seguro de accidentes y yo o nosotros mayores de 52 ó 55 años podemos tener una aportación para la jubilación en un convenio especial, que en nuestro caso la entidad con la que colaboramos nos abona aparte. En estos tiempos, preferible es estar activo y ya que te llevas un subsidio, pues no te lo llevas por la cara y además sales ganado, yo, nosotros no le vemos ninguna cara mala a esta fórmula. Los sindicatos dirán misa, pero sólo se miran su ombligo y en ello están.

    • Ximo Estrelles dice:

      Totalmente de acuerdo contigo. Siempre es mejor sumar, aportar algo, trabajar, a simplemente cobrar un subsidio o prestación, no sólo por las posibles cotizaciones y los suplementos económicos, que también, si no por el hecho de sentirte activo, reciclarte profesionalmente, hacer nuevos contactos, conocer un mercado al que no se suele tener fácil acceso como es la administración pública. A no ser que se te tenga una alternativa a la vista, la colaboración social es una opción interesante.

      • Onadelbor dice:

        Reciclarme??? a mi me han llamado para quitar grafitis en fachadas o paredes,¿esto es reciclarme? darle al rodillo en una pared manchada es reciclarme…yo lo llamo de otra manera,lo llamo abuso,estafa y fraude. que llamen a todos los que están sin recibir ningún tipo de prestación y con hijos a su cargo y les paguen directamente los 500€ de la comunidad autónoma,evitando el abuso de los Ayuntamientos que se quedan con 280€ por persona y mes.

      • Lucía Estrada Csaky dice:

        Considero Onadelbor, que hay que ponerse en lugar de todos a la hora de analizar una situación tan delicada como la que vivimos. Y, personalmente, dado que conozco la situación actual de muchos ayuntamientos pequeños, puedo afirmar que muchos de ellos están pasando en realidad por un trago nada fácil. Por ponerte un ejemplo, te puedo contar el caso de un ayuntamiento que, para paliar la situación desfavorecida de sus habitantes, ha convocado una ayuda para material escolar de de 50€ por niño (además, a canjear en un comercio local, lo cual potencia el flujo económico dentro del ayuntamiento). Por tanto, con esos 280 € que comentas, se pueden ofrecer 3 ayudas y media para material escolar.

        Esto solo es un apunte para la reflexión, no un posicionamiento político, ni una defensa del sistema de colaboración social. Solo creo que hay que valorar la situación en su conjunto y mirar un poco más allá de situación personal de cada uno. Porque a lo mejor, el hecho de colaborar con el ayuntamiento, te permite dar material a tus hijos por un lado y que dos vecinos más puedan hacer lo mismo.

      • Onadelbor dice:

        Todo esto que expones Ximo también se puede hacer ejerciendo como voluntario…,repito voluntario, No forzoso en cualquier ONG de las muchas que existen y que tanta ayuda necesitan.

      • Rafael dice:

        A mí me han llamado ahora,mañana voy a ver qué me dicen. Con 54 años estoy viendo la manera de montar mi negocio y estudiando para esto. Ahora van a chafar mis planes.Si fuera algo decente hasta la jubilación a lo mejor estaría bien. Pero si no me dejan prepararme para cuando sé me termine el paro LO QUE HACEN ES FASTIDIARME LA VIDA CON TRABAJOS FORZADOS ocupando un tiempo que necesito para buscarme una solución laboral. QUE LO PONGAN VOLUNTARIO PARA QUIEN LE INTERESE, seguro que hay gente que le interesa y no le llaman. TRABAJO BASURA EN UN PAIS BASURA. ESOS 500 € sé los podíam dar a alguien que los necesite de verdad, por un trabsjo a media jornada para que pueda seguir buscando trabajo.

    • carmela dice:

      Hola Chon, dices que llevas 12 años en un trabajo de colaboración social, según la información que tengo, son contratos de 6 meses prorrogables a 2 años, me interesa este tema porque me han llamado para este tipo de trabajo.Espero tu respuesta, Gracias

  • Pilar dice:

    Buenas tardes Me han llamado para empezar el de Octubre un trabajo de colaboración social,ya que estaba 2 en la lista y la primera no lo puede hacer.Mi duda es la siguiente, cuando se hizo la selección se me calculó lo que tendrá que pagarme la Administracion en base a lo que cobraba en ese momento.Pero el 15 de Octubre se me cumplen los 6 meses y ya no voy a cobrar lo mismo.Tiene esto alguna repercusión o no.

    Porque si me van a pagar lo que me dijeron, unos 350 €,mas la prestación a partir de los 6 meses, el 50%, simplemente me parece explotacion.Ya que voy a realizar la jornada como cualquier trabajador normal.

    Saludos

  • NEOLIBERALISMO ASESINO dice:

    Hay que ser un enfermo mental muy de derechas para verle la más mínima ventaja a la colaboración social. El dinero de la prestación no es caridad del gobierno, es dinero que tú haz cotizado, y si tienes la desgracia de estar en paro, al menos deberías poder elegir qué quieres hacer con tu tiempo libre porque repito que ese dinero no es ningún regalo, es dinero que tú te has ganado previamente.

  • Marisa dice:

    Creo que tiene muchas lagunas los contratos de colaboración social. Se supone que el tiempo que estas cobrando es para buscar trabajo de forma activa ¿y si tiene una entrevista, tienes derecho a faltar al trabajo? ¿y si tiene un familiar enfermo tienes derecho a acompañarle?. ¿tiene alguna regulación en cuento a derechos?.

    Las obligaciones ya nos han quedado claras. No tengo palabras……

  • maica dice:

    puedes un jubilado con pension minima acceder a este tipo de contrato colaboracion social,pues vivo solo y cobro 571,con 45 años de cotizacion eso si benia de un autonomo,pagando siempre todos los impuestos,si alguien puede contestarme y donde puedeo diriguirme,gracias

    • Fernando dice:

      Hola Entiendo que no puedes acceder a la prestación de tu trabajo por la modalidad de colaboración social prevista en el RD 1145/1982, por cuanto su artículo 38 determina que es para trabajadores perceptores de prestaciones por desempleo. Por tanto considero que tienes que tener la condición de desempleado y percibir la prestación o subsidio de desempleo. Salu2

  • Silvia dice:

    Estoy en un trabajo de colaboración social, 2 años de paro y me llamaron a los 7 meses, con lo cual tendría casi año y medio de colaboración y paro, pero estoy embarazada y me gustaría saber si voy a tener baja maternal y después me vuelven a coger o ya me echan y no puedo seguir en la colaboración. Gracias!!

    • Sara dice:

      Hola, ¿supiste que pasa si te quedas embarazada en un contrato de colaboración?

      • Silvia dice:

        Pues la verdad es que todavía no se nada, estos contratos son bastante desconocidos y yo creo que hay poca gente que sepa, o por lo menos mi caso en concreto.

    • Tania dice:

      buenas tardes: quería comentar mi caso, yo me quedé embarazada y di a luz con un contrato en colaboración social, mi sorpresa fue que di a luz el trece de octubre y cuando fui a entregar la baja y arreglar la maternidad me dicen en la tesorería general de la seguridad social que no tengo derecho a una maternidad, no hay ninguna cobertura que nos ampare ya k solo cotizamos por accidente laboral no por enfermedad común. inmagina mi sorpresa no me lo creía un alquiler tres niñas y sin derecho a nada, solo a los 426 euros del subcidio que ya cobraba. he denunciado, el primer juicio lo perdi, el segundo en el superior de justicia de las palmas lo gené y para rematar otra sorpresa recurren al supremo y hoy me entero después de tres años en juicio k el fiscal respondio hace dos semanas a favor del ayuntamiento y a la espera ahora de k el juez del supremo responda, solo le pido a dios k se haga justicia y nos amparen y k ilumine a el juez para k no dicte lo mismo k fiscal. pues con todo esto te quiero decir k no hay derecho a una maternidad pero lucha por tus derechos a ver si se dejan de tanta corrupción y hacen contratos a toda reglaaa k así va España. animosss saludos desde las palmas..!!!

      • Silvia dice:

        Gracias Tania, así que ya me puedo ir preparando para lo que se me viene encima, no? yo cobro el paro, aún me queda 1 año, pero por lo menos en el paro si me darán la baja maternal, espero!! yo conozco una chica que se lo habían dado, pero hace algunos años, no se ahora, como cambian tan a menudo las leyes!!

  • Marisa dice:

    hola yo soy una persona enferma de cáncer con una minusvalía reconocida del 40%, recientemente me entere que la empresa en la que había estado trabajando 8 años me había echo un contrato a tiempo parcial en lugar de a tiempo completo la empresa dio quiebra y cerro, cuando fui a cobrar el paro me lleve el chasco de que en lugar de cobrar lo que se suponía que me correspondía cobraba la mitad, me acorde de la familia de mi ex-jefe, pero seguí adelante, ahora cuando he querido solicitar la jubilación por enfermedad me dicen que el tiempo que estuve trabajando no cuenta así, que como tenia jornada parcial en lugar de 8 tengo cotizados 4 años por lo que no llego a los 15 años de cotización, aun no estando en condiciones de trabajar ya que es imposible conseguir la minusvalía de mas del 65% estoy en activo, he empezado a cobrar la “renta activa de inserción” que me la dan por llevar mas de 12 meses en paro y tener minusvalía, este mes me han requerido para colaboración social, cuando me hicieron la entrevista en el ayuntamiento me dijeron que viendo mi ultimo contrato que fue una escuela taller me pagarian aparte de la ayuda de insercion unos 500€ cuando me llamaron para confirmar fecha y horario corrigen y me dicen que por trabajar 40h semanales de lunes a sábado y algunos domingos en una casa de cultura, como conserje, que no voy a aprender nada, que no me sirve para mi curriculum por que no tiene nada que ver, yo soy administrativa, también tengo conocimientos de redes, web y me van a pagar 180€ ademas que no puedo rechazarlo si no quiero que me sancionen con 6 meses de retirada de la ayuda que recibo para alimentar a mis 2 hijos, esto no es trabajo es “esclavitud” legal pero “esclavitud” para colmo no cotizo a mi jubilación, por lo que si algún día me puedo jubilar tendré que cobrar la no contributiva si sigue existiendo para entonces por que al paso que vamos, hoy hemos tenido una reunión en la oficina del inem y me dicen que no tenemos derecho ni a vacaciones, ni a paga extraordinaria, que los días que no trabajemos no cobramos, osea que cuando lleguen navidades encima recortes…..me encanta como gobiernan para el pueblo nuestros políticos, como piensan en el bien general, no si ya lo dijo un político, ” las personas que están en paro es porque son unos vagos porque trabajo hay” claro que hay por lo menos empleo publico pero claro lo que no quieren es pagar como es de ley….

  • David dice:

    Es una auténtica vergüenza. Los cobradores de subsidio de desempleo (426euros/mes), entrarán a formar parte de estos programas y la Admón. sólo pagara la diferencia hasta el Salario Mínimo Interprofesional, que son 645,30 euros. Es decir, que “trabajarás” 8 horas diarias por unos 219,30 euros mensuales, sin cotizar ni 1 solo día hasta que termine tu subsidio. El Ayuntamiento que antes tenía a 1 jardinero y que cobraba algo más de 1000 euros por Categoría Profesional de Auxiliar Jardinero según el Convenio Estatal de Jardinería, ahora podrá tener 4 trabajadores por el precio de 1. Por otro lado, si a ti como demandante de empleo te interesa en este tiempo que percibes una prestación o subsidio, especializarte en algo haciendo un curso no se te da opción. Si rechazas el programa de colaboración social te retiran la ayuda o prestación. Sin olvidarnos de que los que reciben prestación o subsidio han cotizado por ello, así que es una estafa. ¿Porqué no les hacen este contrato administrativo a parados de larga duración que no reciben prestación y son los que más lo necesitan o corroboren que tienen cargas familiares?

  • Onadelbor dice:

    El chollo de los Ayuntamientos del PP en Madrid: pagan 219 euros a parados por jornadas de 8 horas Programa de Colaboración Social de la Comunidad de Madrid. La información más correcta es que los desempleados en ese Programa NO tienen contrato de trabajo, NI hay nómina, NI cotiza para el paro, NI para la jubilación, NI se incorporarán a la plantilla de los consistorios. Siguen recibiendo el dinero mensual por estar desempleado y el Ayuntamiento recibe 500 euros de la Comunidad de Madrid por cada uno y de ahí les paga la diferencia entre la base de su cotización para el paro con lo que están cobrando, en el caso de los mayores de 52 años será de 219€, si perciben los 426€. La aportación de la Comunidad a cada ayuntamiento será de un máximo de 500 euros por persona, lo que nos da una diferencia de 281€ que se queda el ayuntamiento. Ese dinero debe cubrir los costes de desplazamiento (abono transporte) y la cuota por accidente de trabajo y enfermedad profesional (seguro). La posibilidad de que los seleccionados a través de las oficinas de empleo pierdan el paro durante seis meses si se niegan a participar es real y figura en la normativa Uno de los problemas secundarios a los que se enfrentan los desempleados que son incluidos en este programa es que a la hora de hacer la declaración de la renta del año siguiente tienen que declarar dos pagadores, con el perjuicio fiscal que para ellos representa, un extremo confirmado por técnicos de empleo de los ayuntamientos que se acogen al plan. Tan necesitada está la gente que lo admite: fuerzan así a asimilar que trabajes sin contrato, sin seguridad social, sin nómina, que aportes tú mismo dinero desde su derecho de prestación por desempleo…. Han llegado mucho más lejos que el despido libre. Es inmoral e indecente, digno del Partido Popular. Digamos la verdad de estas medidas que claramente vienen a castigar y perseguir a los parados que están percibiendo prestación, como si estuvieran delinquiendo y robando de las arcas del estado, en mi caso mayor de 57 años y 40 cotizados. Si estas medidas que se están implantando fueran realmente para realizar actividades de carácter Social, no sería más conveniente y socialmente doblemente más efectiva su labor si se contratara a personas que ya NO perciben subsidio de desempleo por haber agotado todas las ayudas del estado, la mayoría por debajo de los 50 años y con cargas familiares importantes. No sería más lógico invertir los 500€ de la comunidad de Madrid en contratos directos gestionados por el INEM, con todos los condicionantes legales de un contrato trabajo, con sus correspondientes cotizaciones a Seguridad Social, al mismo tiempo que ocupan a personas en tareas en beneficio de los Ayuntamiento y por ende de todos los contribuyentes, ahorrando a los respectivos ayuntamientos la contratación de personal para cubrir puestos de carácter provisional como se venía haciendo hasta ahora con salarios superiores(que en definitiva es de lo que tratan de hacer con esta nueva normativa),pero con las diferencias sustantivas que comento al principio. De lo contrario alguien me puede explicar cómo puede ser de efectivo el (Programa de Colaboración Social de la Comunidad de Madrid) para los casos de personas como yo que quedaría en las siguientes condiciones: Seguiría cobrando del INEM (Estado)426€,del Ayuntamiento 219€,total 645€ el equivalente al SMI, las cotizaciones a S.S las sigue pagando el INEM, el ayuntamiento percibe los 281€ restantes de los 500€ aportados por la Comunidad de Madrid(Estado),en definitiva con esta nueva normativa le estoy costando al Estado:426+219+281=926€ más la cotización a S.S, del INEM del cual no causo baja durante el periodo o “contrato” con el Ayuntamiento. Si estoy equivocado….¿¿¿pueden darme luz en este asunto?????

    • Lucía Estrada Csaky dice:

      Buenos días Onadelbor, muchas gracias por tu contribución al blog y por tus interesantes reflexiones. Solo quería recordarte que, cuando se está cobrando la prestación por desempleo o subsidio, se puede solicitar al inem que te practiquen retención de IRPF con lo que no deberías tener problema por tener dos pagadores. Además, dados los importes que se están comentando, lo más probable es que en la declaración de la renta te resulte la posibilidad de devolver lo retenido hasta el momento, sin que para ti suponga ningún perjuicio.

      Tenemos que tener mucho cuidado con las informaciones alarmistas, dado que cada caso particular tiene sus peculiaridades y se puede tender a generalizar y dar consejos erróneos a aquellos que aparentemente se encuentren en una situación similar a la tuya. Los temas fiscales son muy delicados, así que por favor, tomemos las cosas con relativa calma e informémonos antes de perder los nervios. Muchas gracias de nuevo Onadelbor!!! Un placer contar con tu opinión.

  • rafael dice:

    tabajo en colaboracion social desde mis 52 años en marzo del 2014 cumplo los 55 si dios kiere… estoy en lista de espera para un cambio de valvula aortica …pregunto ….si el postoperatorio se alarga perdere el trabajo me pagaran?? mientras estoy convaleciente lo referido a la colaboracion social yo se q es un abuso pero me ayuda a poder vivir…. sin este dinero con los 426 no me llega tengo una deuda con el banco de 333 al mes mas unos 8o de luz el sueldo de colaboracion me hace falta para poder llegar a fin de mes con lo mas indispensable

  • rafael dice:

    por favor orienteme gracias

  • duna dice:

    buenos días me gustaría saber, si en el puesto que me han dado en el ayuntamiento de colaboración social en las vacaciones de navidad no se da ninguna clase por lo que el centro permanecerá cerrado al publico, mi pregunta es yo tengo que venir a calentar la silla o yo tb tengo opción a no venir puesto que no voy a desempeñar ningún trabajo

  • Maria dice:

    Estoy trabajando en un contrato de Colaboración Social. Empecé el 15 de octubre del 2013 y termino el 31 de Enero del 2014. Tienen que prorrotearme las pagas extras con la parte que me dan? Saludos

  • juan dice:

    Con una base de cotizacion alta es posible que puedan cotratarme de colaboracion social

  • anonimo dice:

    Hola a todos, estoy trabajando en el programa de colaboración social este tan famoso, ahora que solo puedo decir que tenemos todas las obligaciones pero ningun derecho, nos dieron vacaciones pero dijeron que era como un “regalo” yo estoy muy cabreada, y quiero antes de irme, saber si se puede conseguir algo, porque estar aqui es una estafa, ni te recualificas porque no haces nada, no tenemos derecho a entrar en bolsa de empleo, ni otros 6 meses ni nada, alguien me puede dar algo mas de información.

  • Pepa dice:

    Hola estoy trabajando en el Ayuntamiento de colaboración social, En definitiva estoy bastante cabreada solo tenemos obligaciones y ni un derecho, nos direron vacaciones y encima se supone que era un “regalo” de ellos, quisiera saber si se puede conseguir algo más, esto es una vergüenza hay gente que cuando se le acabe esto ya no le quedan más meses de paro, no nos meten en ninguna bolsa de empleo publico, vamos que cuando nos vayamos de aqui no constamos en ningun sitio como si no hubieras venido, teneis información sobre derecho, si puede ser prorrogable, si podemos denunciar para pedir el sueldo como todos o que se refleje que hemos trabajado para la cotización???? Necesito respuesta por favor

    Gracias

  • Joan dice:

    Agradecería muchísimo si me podían aclarar si con un contrato de colaboración social tengo derecho a pagas extras y vacaciones y si asi fuera en base a que cantidad se calculan (la cantidad que me paga el Ayuntamiento o la suma total del subsidio + colaboración). Muchas gracias.

  • Existen en la actualidad cientos de contratos de Colaboración Social en Fraude de Ley, ¿qué significa esto? muy sencillo, que las Administraciones están contratando usando un modelo que contradice la legislación laboral, ya que no reconoce una relación laboral “normal” cuando el Colaborador Social está efectivamente realizando el mismo trabajo que el Funcionario o personal laboral. Con las mismas obligaciones pero con menos derechos.

    El Colaborador Social NO tiene derecho a pagas extras, SI tiene derecho a Vacaciones en las mismas condiciones que el resto de personal. El Trabajador Social NO cotiza a la SS por su trabajo, SI cotiza por el subsidio recibido. SÓLO se cubre la baja laboral, en caso de accidentes de trabajo y enfermedades.

    Esto sin contar con la jornada laboral, que es la misma del personal contratado y funcionario, con las mismas obligaciones pero sin la misma retribución ni derechos, como hemos visto, NO hay pagas extras, NO se cotiza por el trabajo realizado, NO se cobran trienios, existen dos pagadores a efectos fiscales,NO tienen derecho al reconocimiento de la productividad ni a otros suplementos, etc.

    A los Colaboradores Sociales NO se les trata como trabajadores cuando sí lo son, es por ello que este “Fraude de Ley” se puede subsanar, demandando a la Administración responsable de dicha infracción y convirtiendo la relación de Colaboración en una relación Laboral de pleno derecho, con todo lo que ello implica.

    El despacho Amieva del Olmo (amievadelolmo.com) está especializado en Derecho Laboral y ha resuelto con éxito varias situaciones de Colaboradores Sociales, convirtiendo esta relación de colaboración en una relación laboral, con el consiguiente reconocimiento de su situación como trabajador asalariado por cuenta ajena.

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