Prestación por Incapacidad Temporal, ¿qué es y cómo se calcula?

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Es un subsidio que viene a compensar la pérdida de ingresos que sufren aquellos trabajadores que por encontrarse en situación de enfermedad común, accidente no laboral, enfermedad profesional, accidente de trabajo y periodos de observación por enfermedad profesional, no pueden trabajar temporalmente.

El reconocimiento y pago de dicha prestación corresponderá al Instituto Nacional de la Seguridad Social, al Instituto Social de la Marina, a las Mutuas de Accidente y a las Empresas Autorizadas.

Incapacidad Temporal

Para el cobro de la misma serán requisitos exigibles estar afiliado y en alta o situación asimilada al alta, en el momento de la solicitud así como tener cubierto un período de cotización de 180 días dentro de los 5 últimos años, periodo que no será exigible en los casos de accidente o enfermedad profesional.

Para calcular la cuantía del subsidio distinguimos entre dos tipos de incapacidad:

Prestación por enfermedad común y accidente no laboral

En éste caso, la prestación inicia a partir del día 4 y el importe viene determinado por el siguiente cálculo:

  • Del día 4º al 20 el subsidio será el 60% de la base reguladora.
  • Y a partir del día 21 pasa a ser el 75% de dicha base.

Destacar que el importe correspondiente a los días del 4º al 15º serán por cuenta de la empresa, pasando a ser a partir del 16 a cargo del INSS o la Mutua correspondiente.

Accidente de trabajo y enfermedad profesional*

El importe del subsidio será el 75% de la base reguladora a partir del día siguiente a la baja.

En ambos casos, la duración máxima de la prestación es de 365 días prorrogables por otros 180, si se prevé curación en dicho periodo. El período de observación de enfermedades profesionales será de seis meses prorrogables por otros seis.

Finalmente señalar que será causa de la finalización de la prestación el transcurso del plazo, el alta médica, el pasar a ser pensionista y el no presentarse a los reconocimientos.

Imagen | Alexbip

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