La vivienda habitual del contribuyente, juega un papel esencial en la Declaración de la Renta. Es una vía importante para intentar desgravar y pagar menos.
La deducción por vivienda habitual, nos permite desgravar por la compra de una casa, siempre que cumpla con unos requisitos. También se puede desgravar por el alquiler, tanto al inquilino como al arrendador, por rehabilitación y por el dinero depositado en las cuentas vivienda.
España es un país comprador y buena parte de la población está endeudada con una hipoteca para poder tener su vivienda, pero no sólo es posible pagar menos cuando se compra la casa.
Para que un inmueble tenga la consideración de vivienda habitual, debe reunir los siguientes requisitos:
Que constituya su residencia durante un plazo continuado de al menos tres años desde su compra
Que el contribuyente la habite de manera efectiva y con carácter permanente en un plazo no superior a doce meses, contados desde la fecha de adquisición o la terminación de las obras
Se asimilan a la vivienda habitual a efectos de la deducción los anexos y plazas de garaje adquiridas conjuntamente con la vivienda
Si se cumplen estos requisitos se podrán practicar deducciones por la vivienda habitual en caso de:
– Adquisición y rehabilitación de una nueva vivienda habitual (sólo si la compra es anterior al 1 de enero de 2013)
– Construcción o ampliación
– Dinero depositado en una cuenta ahorro vivienda
– Adecuación de la vivienda por motivos de minusvalía
En cuanto a las cifras; el porcentaje de deducción será de un 15% sobre las cantidades aportadas con un límite máximo de 9.040 euros, lo que a efectos reales arroja una deducción máxima de 1.356 euros.
Por último, recordar que desde el 1 de enero 2013, la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2013 eliminó la deducción por compra de vivienda habitual para todas aquellas adquisiciones posteriores al 1 de enero de 2013. Es decir, que quienes hayan comprado su casa ahora mismo no pueden disfrutar de ningún tipo de ventaja fiscal.
Hola, que yo sepa no es posible desgravarse por la rehabilitación de la vivienda habitual. Creo que sí se puede pagar el iva a un 10 en lugar de al 21.