Seguramente muchos de vosotros ya sabéis si tenéis o no la obligación de presentar la declaración de la renta 2014 por el hecho de que ya lo habéis hecho o habéis quedado exentos en períodos anteriores. Sin embargo, con la introducción de los diferentes cambios fiscales que han ido entrando en vigor, muchos os quedaréis con la duda, duda que hoy pretendemos resolver.
Aunque la reforma fiscal en la mayoría de sus medidas aplica a 2015, es decir, que veremos seguramente aplicar la mayoría de los nuevos artículos y de los cambios que con ella llegan en la próxima declaración de la renta, la correspondiente a renta 2015, y que presentaremos en abril de 2016. Por el momento, la que nos preocupa, que es la de este año para la que ya ha comenzado la vuelta atrás, incluye precisamente muy pocos cambios, y ninguno relativo a la exoneración de la obligación fiscal.
Para aquellos que presentaréis la declaración de la renta 2014 como la primera, os comento que estáis obligados a presentarla si vuestros ingresos superan los 22.000 euros anuales. Eso sí, todos ellos deberán venir del mismo pagador. En caso de que no sea así, para que se aplique la misma teoría, el segundo y demás pagadores no podrán superar la suma de 1500 euros anuales. Si lo hacen, entonces el límite máximo para no presentar la renta 2014 se encuentra en los 11.200 euros.
Como ves, no hay ningún cambio relativo a los límites para no presentar renta, pero en caso de que siempre te hayas acogido a la tesis para evitar el papeleo, te recomiendo que eches las cuentas, puesto que aunque no estés obligado a presentarla, si te saliese a devolver, te convendría hacerlo y no hay nada que te lo impida. ¿Ya lo habías pensado? Desde luego, es una manera de recuperar unos euros, en tiempos difíciles como estos.
Imagen: Administración Nacional