¿Qué es el IRPF? Te contamos todos los secretos de este impuesto

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Realización de la Declaración de Renta

Es casi imposible que en algún momento de nuestra vida, y sobre todo si nos encontramos laboralmente activos, no hayamos oído hablar sobre el IRPF o Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y sobre todo en estas fechas en las que nos encontramos, fechas en las que da comienzo la Campaña de Renta 2015. Junto con el IVA, es uno de los impuestos más conocidos y del que tenemos un mayor conocimiento, aunque a veces el mismo no sea muy preciso. ¿Cuáles son las características del IRPF? ¿Qué grava el IRPF? ¿Cuál es el hecho imponible del IRPF? A esta y a otras preguntas respondemos a continuación.

¿Qué es el IRPF?

El IRPF o Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es un tributo de carácter personal y directo que grava, según los principios de igualdad, generalidad y progresividad, la renta de las personas físicas de acuerdo con su naturaleza y sus circunstancias personales y familiares.

¿Cuáles son sus principales características?

Atendiendo a la definición dada arriba, podemos decir que el IRPF es un impuesto:

  • Directo: su gravamen recae sobre un índice directo de capacidad económica, la renta del contribuyente, que revela el nivel de riqueza del mismo de manera fiel.
  • Personal: la persona es el centro o referencia del objeto gravado, es decir, de la renta.
  • Periódico: el hecho imponible tiene carácter sucesivo, se produce de manera continuada a lo largo del tiempo, por lo que debe limitarse el tiempo dentro del cual se produce este hecho imponible, tiempo que se denomina legalmente, periodo impositivo.
  • Progresivo: la carga del impuesto aumenta de manera más que proporcional al importe de la renta gravado en cada caso.
  • Subjetivo: grava la renta pero teniendo en cuenta siempre la situación personal y familiar de cada persona.
  • Cedido parcialmente a las Comunidades Autónomas: aunque no es un elemento característico como tal, tiene cierta importancia práctica. Las Comunidades Autónomas no tienen facultades de gestión, inspección o recaudación, pero sí de legislación de ciertos aspectos del impuesto.

¿Qué grava el IRPF?

El IRPF grava la totalidad de los rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales y las imputaciones de renta que se establezcan por la ley, con independencia del lugar donde se hubiesen producido y cualquiera que sea la residencia del pagador.

¿Cuál es el hecho imponible en el IRPF?

El hecho imponible es la obtención de renta por el contribuyente durante el periodo impositivo. El hecho imponible está compuesto por los siguientes elementos:

  • Rendimientos del trabajo. Como ejemplo, se trataría del salario que reciben la mayoría de trabajadores por cuenta ajena.
  • Rendimientos del capital. Pueden ser rendimientos derivados del capital mobiliario, como los que obtengamos por dividendos de acciones de nuestra propiedad o rendimientos del capital inmobiliario, obtenidos por el alquiler de un piso por ejemplo.
  • Rendimientos de las actividades económicas. Podríamos citar a modo de ejemplo, el trabajo de un abogado, de un arquitecto o por ejemplo de aquellos dedicados a actividades agrícolas o a la artesanía, siempre que el sujeto pasivo proceda a la ordenación por cuenta propia de los medios de producción y de los recursos humanos o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.
  • Las ganancias y pérdidas patrimoniales. Se trata de las variaciones en el patrimonio del contribuyente que se pongan de manifiesto en cada periodo impositivo.
  • Las imputaciones de renta que se establezcan por ley. Se trata de auténticas ficciones legales que imputan la obtención de una renta al contribuyente. Por ejemplo, la tenencia de un inmueble en la costa, que solo utilizamos en vacaciones.

¿Qué es el mínimo personal y familiar?

Partiendo de la idea de que el IRPF es un impuesto subjetivo, y de que todo el mundo necesita cierta cantidad de la renta obtenida para sobrevivir, se establece el mínimo personal y familiar, que constituye el sustento del contribuyente y de los que dependen de él, calculado en una cantidad, y que se materializa en una especie de deducción en la cuota del impuesto.

¿Cuál es la diferencia entre rentas no sujetas y exentas?

Las rentas no sujetas son supuestos que si bien parecen formar parte de manera real o aparente del concepto de renta, no lo son, por lo que no podrán ser tenidas en cuentas a efectos del hecho imponible del IRPF. Las rentas exentas son manifestaciones del hecho imponible que no producen el efecto asociado a este, es decir, la aplicación del gravamen, debido a que el legislador no lo considera apropiado.

—- A partir de las respuestas a las preguntas anteriores podemos hacernos una idea clara y podemos trazar un perfil bastante completo de lo que es el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Para conocer con más detalle lo dicho aquí, así como algunos aspectos no mencionados sobre el impuesto, el texto legal de referencia es la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Archivado en Agencia Tributaria, Declaración de la Renta, Impuestos, IRPF, Renta 2014
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