El Rincón del Inversor: alternativas a los Planes de Pensiones, los PPA

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Con la dudosa viabilidad del sistema de pensiones en nuestro país, parece que va siendo hora de empezar a cubrirnos las espaldas por nuestra cuenta, y cuanto antes mejor. Para ello el producto más habitual son los conocidos planes de pensiones, pero no es el único producto enfocado al ahorro para la jubilación, hoy os comentaré las bondades e inconvenientes de otro producto de previsión como son los Planes de Previsión Asegurados (PPA).

Plan Previsión Asegurado PPA

Con el fuerte ajuste que está sufriendo la economía española, todo nos lleva a pensar que nuestra pensión para jubilación puede peligrar, el sistema tal y como está concebido en este país, unido al fuerte problema demográfico que se nos avecina, se podría volver insostenible; incluso sin llegar a puntos tan extremistas, siempre es recomendable cubrirnos las espaldas para nuestra jubilación pues la diferencia entre nuestro último sueldo y el importe de nuestra pensión puede ser importante.

Como producto de previsión uno de los más habituales son los planes de pensiones, pero no es el único producto de previsión para la jubilación del que podemos echar mano.

Un producto de previsión son los Planes de Previsión Asegurados (PPAs), los PPA son seguros de vida, los cuales están orientados a constituir un capital para la jubilación de forma segura. Las contingencias que cubre este tipo de seguros de vida son las mismas que las previstas en los planes de pensiones (jubilación, invalidez, dependencia), siendo la cobertura principal la de jubilación.

La ventaja que radica en este tipo de producto frente a los planes de pensiones es la rentabilidad mínima garantizada que ofrecen. Por lo tanto la aseguradora nos garantizará en el momento del cobro, por jubilación o alguna de las circunstancias contempladas, nuestras aportaciones más una rentabilidad mínima; mientras que en los planes de pensiones (salvo aquellos garantizados), nuestras aportaciones se veían sometidas a los riesgos de los vaivenes del mercado, llegando incluso a la posibilidad de tener menos dinero del aportado en el momento de la jubilación. Por ello es un instrumento de previsión recomendado para personas conservadoras, o que por tener una edad cercana a la jubilación no deben exponerse al riesgo de los mercados.

Como punto en común con los planes de pensiones es la ventajosa fiscalidad de la que gozan las aportaciones a los mismos; pudiéndonos reducir en nuestra declaración de la renta aquellas cantidades aportadas con unos límites:

– 10.000 € anuales hasta los 50 años. Con el límite del 30% de los rendimientos del trabajo que obtenemos. – 12.500 € anuales a partir de los 50 años, inclusive. Con el límite del 50% de los rendimientos del trabajo obtenidos.

Esta ventaja hace que reduzcamos nuestra factura con hacienda. Eso sí, que nos libremos en el momento de la aportación no quiere decir que no tengamos que tributar nunca, pues en el momento del cobro, ya sea todo junto o en modalidad de renta periódica, tras la jubilación tributaremos aquellos importes obtenidos del PPA, como rendimientos del trabajo, al tipo marginal correspondiente. La ventaja radica principalmente, en que se presupone que tras la jubilación al bajar nuestro nivel de renta, nuestro tipo será inferior por lo que resulta ventajoso. Eso sí, nadie nos garantiza cuales serán los tipos de tributación a tantos años vista.

Al igual que los planes de pensiones no tienen derecho de rescate, y por lo tanto son ilíquidos, excepto por los supuestos excepcionales contemplados: paro de larga duración, enfermedad grave e invalidez.

También cabe comentar que no estamos obligados a mantener nuestro ahorro hasta la jubilación en el mismo PPA, sino que podemos movilizar nuestro ahorro a otro PPA que nos ofrezca unas condiciones de rentabilidad mejores o a un plan de pensiones. Esta movilización se realizará por el valor de mercado de los activos que respaldan el seguro, es decir, que aunque se nos garantice una rentabilidad en el momento del cobro, ésta no tiene por que cumplirse en un momento anterior, por lo que la movilización será a valor de mercado en esos momentos.

Recordad, cuanto antes empecemos a ahorrar mejor, pues nos veremos beneficiados por el tipo de interés compuesto (los intereses generados, generan nuevos rendimientos).

Archivado en Banca, Crisis, Estado del Bienestar, Fiscalidad, Impuestos, Jubilación, Plan de Previsión Asegurado, PPA, Rincón del Inversor
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Comentarios (4)

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  • José Manuel dice:

    Si cuando se alcance la edad de jubilacion el valor de movilización de un PPA es superior al valor garantizado, ¿que recibiría el participe?. Gracias

    • Entiendo que el valor de movilización, es el valor de mercado de esa “cartera”, o lo que sea que esté detrás de ese seguro. Lo lógico es que si lo rescatas, obtengas el valor de mercado que tiene ese producto, pero al tratarse de un seguro, tienes que leer bien el clausulado para ver que importe cobrarás. Lo lógico es que se cobre el mayor de los dos importes, o el valor garantizado o la valoración.

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