Acaban de publicarse los indicadores energéticos, de transporte y medio ambientales de Eurostat, en su edición de 2012. Y sinceramente creo que España sale bastante bien parada, pero me sorprende que lo que refleja ese informe no se corresponda con lo que estamos acostumbrados a escuchar cuando se habla de electricidad en este país. Por eso creo que es conveniente dejar claros algunos puntos y ese es el objetivo de esta entrada.
¿Cómo se organiza el sector eléctrico en España?
La Ley 54/1997 del Sector Eléctrico fue promulgada para adaptar la legislación española a la Directiva 96/92/EC sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad. En ella, se liberalizan dos de las cuatro actividades del sector eléctrico, a saber, la generación y el suministro de electricidad. Quedan bajo el control regulatorio las dos actividades restantes: el transporte y la distribución de energía eléctrica, es decir, las actividades responsables de llevar la electricidad desde los puntos de producción hasta los de suministro.
¿Todo el suministro está liberalizado?
No. Para proteger a los consumidores domésticos y a las pequeñas empresas se puso en funcionamiento en julio de 2009 la tarifa de último recurso (TUR), cuyo precio se fija normativamente –tal y como se hacía hasta esa fecha para todos los consumidores– atendiendo al coste de adquisición de la energía en las subastas CESUR que tienen lugar trimestralmente, a los peajes de acceso a la red –que no son otra cosa que el precio de las actividades reguladas– y a una estimación del coste de gestión comercial de las suministradoras de último recurso.
¿Toda la generación está liberalizada?
Cualquier generador de electricidad puede acceder al mercado para vender su producción. Evidentemente, para poder ser un generador de electricidad hay que cumplir ciertos requisitos técnicos, medioambientales, de seguridad, de disponibilidad… Pero una vez se es generador se puede acceder al mercado ibérico de electricidad para vender la electricidad producida.
Si la generación está liberalizada, ¿qué es la prima al régimen especial?
La prima al régimen especial es una cantidad que se cobra cuando se es generador del régimen especial. Un generador del régimen especial puede acudir al mercado pero también puede elegir cobrar una cantidad fija por megavatio producido: la prima del régimen especial. Si decide ir al mercado, el productor cobrará la electricidad al precio de mercado más una cantidad –que también se liquida como prima del régimen especial aunque es bastante inferior a la prima fija de los productores que no van a mercado–, con un mínimo y un máximo fijados normativamente. Así, si el precio de mercado cae por debajo del mínimo, el productor del régimen especial se asegura una rentabilidad. Pero si el precio de mercado sube, puede que entre en juego el máximo y no podrá aprovechar toda la subida. En cualquier caso, la electricidad generada por el régimen especial entra siempre en lo que se conoce como el pool eléctrico –la combinación de tecnologías que están generando electricidad en cada momento– a un coste cero, lo cual empuja la curva de oferta hacia la derecha haciendo que disminuya el precio de equilibrio del sistema, más cuánta más generación del régimen especial entre en el pool.
Por eso en abril va a bajar la luz, ¿verdad?
Sí. Un invierno lluvioso y con mucho viento como el actual hace que se genere mucha electricidad hidráulica y eólica, empujando a la baja el precio, como hemos comentado. Pero esto también tiene su efecto negativo: cuánto menor sea el precio, mayor será la prima al régimen especial cuando ésta sea liquidada. En cualquier caso, la noticia es que va a bajar la tarifa de último recurso que se fija trimestralmente en las subastas CESUR . Aquellos consumidores que acudan al mercado de suministro no se verán afectados por esta bajada, aunque sí por la bajada del precio de mercado por la mayor generación de energía hidráulica y eólica.
Baja el precio, pero sube la prima. Entonces tampoco son tan buenas las energías renovables ¿no?
En primer lugar, debemos aclarar que al régimen especial se pueden acoger diversas tecnologías de generación de electricidad. Casi todas son energías renovables pero hay alguna –que además tiene un peso relativamente importante dentro del régimen especial– que no es renovable: la cogeneración –cuando no es por biomasa– es decir, el aprovechamiento de la energía generada en ciertos procesos industriales para la generación de electricidad, o el uso industrial de ciertos subproductos de la generación eléctrica, como el calor.
En segundo lugar, las energías renovables suponen beneficios no sólo económicos. Así, no presentan las preocupantes externalidades negativas de otros tipos de generación como las centrales térmicas o de fuelóleo. Además, ayudan a que España se acerque más a los conocidos como objetivos 20-20-20 para el 2020. Y, por supuesto, son actividades que generan inversión, empleo, investigación… Y no podemos olvidar que también reducen la dependencia energética de nuestro país, la cantidad de energía primaria –aún no transformada en electricidad– que tenemos que importar.
¿Qué son los objetivos 20-20-20 para 2020?
Los estados miembros de la unión europea adquirieron a finales del 2008 una serie de compromisos para incrementar la eficiencia energética. Básicamente estos objetivos son:
– Una reducción de los gases de efecto invernadero de un 20% con respecto a los niveles de 1990. – Que al menos el 20% del consumo bruto final de electricidad provenga de fuentes renovables. – Mejora de la eficiencia energética de un 20%. – Que al menos el 10% de la energía consumida por el transporte provenga de fuentes renovables.
¿Eso es todo?
Evidentemente, no. El sector eléctrico es tremendamente complejo y hoy hemos querido tan solo fijar algunas ideas relacionadas con el régimen especial y, específicamente, con las energías renovables. Queda mucho por ver y espero poder irlo exponiendo en futuras entradas de Capitalibre.
Interesante artículo Paulino.
Hay muchos mitos y mucha demagogia alrededor de la producción de energía eléctrica (el otro día se hablaba de esto desde una perspectiva un poco más técnica:http://xombit.com/2013/03/produccion-energia-electrica-nucleares-no). España está ante una encrucijada en este tema, por su gran dependencia del petróleo, las subvenciones a las renovables o la minería del carbón y las decisiones que se tomen ahora, condicionarán la competitividad de nuestra economía en las próximas décadas. Estaré atento a tus artículos…
Gracias por tus comentarios Pablo. Espero seguir profundizando más en el sector eléctrico español en próximas entradas.
El Gobierno promulga hacia otros países que somos punteros en energías renovables, pero “en casa del herrero cuchillo de palo”. La nueva normativa afecta directamente a las condiciones económicas y jurídicas en la producción de energías renovables de forma negativa.
Menos gasto energía renovable = Más gastos energía fósil
El sector energético es el mayor responsable del conjunto de las emisiones de CO2. ¿No deberíamos incidir en este punto? Buscar soluciones coherentes y sostenibles….
Las energías de origen renovable están totalmente afectadas por los recortes, las empresas del sector renovable “cierran la persiana”, pero paradójicamente, desde la Administración se apuesta por consumir la energía más cara de Europa, la fósil; como el Petróleo, Gas y Carbón que contamina mucho más.
Un saludo….Pau
Completamente de acuerdo con tus comentarios. Creo que en el tema eléctrico en particular hay que hacer las cosas pensando muy a largo plazo y estoy convencido de que las energías renovables son el futuro de la electricidad. Pero no sé si el “cortoplacismo” que adorna las decisiones de nuestros gobernantes (y no sólo las de los nuestros), el lobby eléctrico, el sector financiero… ha forzado esta reforma que supone una nueva redistribución de poder en el sector en la que como siempre salen ganando las eléctricas. ¿Veremos a Soria en algún consejo de administración de estas empresas en unos años? Seguro que sí.