Borrador de la Renta: qué revisar antes de confirmarlo

COMPARTIR 0 TWITTEAR

revisar con lupa

Según el calendario de la Renta 2015, Hacienda empezó a enviar a sus contribuyentes los borradores de sus declaraciones de la renta el día 7 de abril. Estos borradores, sólo se envían a aquellas personas que únicamente obtengan ingresos en nómina, ahorro y algunas otras categorías. Por ejemplo, el borrador no será enviado a quien tiene actividades profesionales o invierte en bolsa.

¿Dónde recibiré el borrador?

Si lo has solicitado en el ejercicio pasado recibirás el borrador por correo ordinario. Si lo que deseas es solicitarlo, lo puedes hacer a través de Internet, con el sistema cl@ve PIN o con el número de referencia del borrador que se genera en el sistema REN0. Este número de referencia se enviará a tu teléfono móvil. Como contribuyente, deberás comprobar que los datos que envía Hacienda coinciden con los de tu situación real. Si todo está correcto, podrás confirmar el borrador con este número y, en caso de que el resultado sea a devolver, recibirás el ingreso de la devolución en apenas unos días.

¿Cuáles son los datos que he de revisar antes de confirmar mi borrador?

Hay que tener sumo cuidado a la hora de confirmar tu borrador, ya que es el documento decisivo que tiene la Agencia Tributaria para ver si les debes dinero o por el contrario te lo deben ellos a ti, por eso es realmente importante revisar algunos datos, sobretodo si es la primera vez que haces la declaración de la renta, datos que aunque a simple vista son obvios, pueden contener alguna errata a la hora de introducirlos.

  • Primero: comprobar que los datos aportados por Hacienda son correctos.
  • Segundo: revisar todos los datos personales: fecha de nacimiento, NIF, domicilio, etc.
  • Tercero: verificar que los datos económicos están en orden, por ejemplo, la información sobre inmuebles y las referencias catastrales.
  • Cuarto: los datos familiares es muy importante que estén actualizados, especialmente si has tenido algún hijo recientemente o has cambiado tu situación personal.
  • Quinto: observar que el resto de datos están en orden, los más importantes como las aportaciones a planes de pensiones o las deducciones estatales y autonómicas.

¿Qué pasa si faltan datos o he de modificar alguno?

En este caso, cualquier contribuyente que necesite hacer cambios en su borrador podrá solicitarlos bien a través de Internet, teniendo el número de referencia o la cl@ve PIN, o por vía telefónica (901 20 03 45, solo con el número de referencia). Una vez que hayas recibido la modificación, volverás a tener acceso para confirmar tu borrador.

Archivado en Agencia Tributaria, borrador de la renta, calendario de la renta, Contribuyentes, Declaración de la Renta, Fiscalidad, Hacienda, Renta 2015
COMPARTIR 0 TWITTEAR

Comentarios (9)

Usa tu cuenta de Facebook para dejar tu opinión.

Otras webs de Difoosion